martes, 5 de marzo de 2013

Cordero en el banquillo


El "Plan Cóndor" en el banquillo, mientras que la SCJ uruguaya vuelve a legalizar la impunidad

Ha dado comienzo en Argentina otro "megaproceso" por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el período a partir de 1976. Se trata de 25 criminales que han sido imputados y serán enjuiciados y de 106 víctimas asesinadas o desaparecidas. Las causas son el Plan Cóndor y Orletti. En ambos casos entre las víctimas se cuentan militantes de varios países secuestrados en el marco de ésta coordinación represiva y posteriormente asesinados o desaparecidos. El grupo mayor son los uruguayos (48). Este juicio, más allá de la demora y de todos sus avatares, reviste una importante significación histórica. En lo que es particular para la actual coyuntura uruguaya a partir de la reeimplantación de la Impunidad por parte de la SCJ.


La Jueza Mota expresó en el 2012 que los procesos en Argentina estaban más avanzados que en Uruguay en donde iban muy lentos. Es decir, constató un hecho que todos conocen. El Presidente Mujica se basó en ésta constatación de un hecho objetivo, para públicamente reclamarle a la SCJ el que tomára medidas contra la Jueza Mota. Simultaneamente y coincidiendo con lo dicho por Mujica y la prédica de los criminales de lesa humanidad desde sus prisión de lujo, se desarrolló una ofensiva mediática desde la derecha fervorosamente apoyada por Mauricio Rosencof otro de los ex-tupamaros que coinciden con Mujica. Finalmente lo que es sabido: la SCJ purga a la Jueza Mota en un acto de total contenido político, como inicial medida ya que después seguiría con la reimplantación de la total impunidad. La SCJ sostiene que todos los crímenes de lesa humanidad; secuestros, detenciones arbitrarias, torturas, asesinatos de ciudadanos en allanamientos o en intentos de detención, en la mayoría de los casos fueron ejecuciones extrajudiciales de personas que ni siquiera presentaron resistencia, como es el caso del matrimonio Martirena el 14 de abril de 1972 , así como el de los cuatro mártires asesinados en la calle Pérez Gomar, el de los obreros comunistas de las Seccional 20, u otros casos de personas acribilladas por la espalda, la tortura masiva aplicada a millares de uruguayos acusados de pertenecer a organizaciones populares, los asesinatos durante la tortura, los asesinatos en prisión, los falsos "suicidios" de prisioneros, el mantenimiento de millares de ciudadanos en prisiones que implicaban un tortura diaria, así como el confinamiento en situación de extrema crueldad de prisioneros considerados rehenes , también una diaria y permanente tortura, los secuestros y desapariciones, el robo de bebés y desaparición de sus madres, y el saqueo masivo implementado en las cacareadas "operaciones militares" que hicieron del robo de bienes privados una metodología, sentencia la SCJ qué todos estos crímenes han sido y serán "delitos comunes", por lo tanto sujetos de prescripción y dado el tiempo ya pasado todos y cada uno de estos crímenes han prescripto y nadie más será juzgado por los mismos, pretendiendo así dar por cerrado este sangriento capítulo de crímenes de lesa humanidad implementados por el estado, desde el estado y con el aparato del estado. Tal cual el fallo del caso Gelman dictaminó para ése caso específico como para todos y cada uno de los similares.


 

Vemos el inicio del proceso por Cóndor y Orletti en Argentina y no cabe más que constatar que la SCJ además de haber entrado en componendas políticas con la derecha y el gobierno para de común acuerdo hacer "desaparecer" los crímenes de lesa humanidad cometidos en el período pasado ponen en práctica un desacato a las resoluciones de la Corte Interamericana de Justicia así como al derecho internacionalmente reconocido en relación a este tipo de crímenes. Especificamente y en relación a los juicios que comienzan en Argentina la SCJ lo único decente que a este altura podría hacer es renunciar, irse. Se tratarán en Argentina el conjunto de los crímenes antes indicados y el mayor número de víctimas está compuesta precisamente por uruguayos. La provocación de la SCJ y el desafío a todo el derecho internacional en la materia seguramente que no va a quedar así. Las protestas se han sucedido, los pronunciamientos también, el conjunto de las organizaciones de DDHH así como los juriconsultos han condenado esta pretensión de retrotarse al pasado, y la ciudadanía también los ha repudiado ahora y lo seguirá haciendo hasta que se elimine la impunidad a los criminales de lesa humanidad.


Estos dos juicios volverán a poner sobre el tapete el conjunto de esta problemática. Unos 450 testigos darán su testimonio, aparecerá claro el involucramiento de los militares uruguayos en todas esos crímenes, así como el de los "gobernantes" (es decir dictadores y testaferros), el de la "justicia" uruguaya de aquél entonces, y al igual que en Argentina más tarde o más temprano irán apareciendo los nombres de los militares, los civiles, los políticos involucrados, las asociaciones patronales, jueces y fiscales tanto los de la hipócritamente llamada "justicia" militar como la de muchos que hicieron carrera en el poder judicial en esa época, como por ejemplo buena parte de la SCJ. Y si no aparecen todos en este proceso lo harán el día que se abran los archivos de la dictadura que están en manos de la Presidencia de los dos gobiernos del "progresismo", o serán abiertos los propios archivos de las FFAA que están y que no se destruyen porque cada asesino se quiere cubrir las espaldas repartiendo las culpas.


Culpas de crímenes que los supuestos soldados "profesionales" no se han atrevido a asumir demostrando su doble cobardía. La una cuando robaron los bebés, por ejemplo, y la otra al no reconocerlo. La mafia militar se ha autojusticado con la ayuda de toda la derecha política incluyendo a los ex-presidentes, de la casi totalidad de los medios de información, y han sido sostenidos por escribas que presentan libros falsificadores de los hechos ante cada situación que lleve mas cerca de una proceso a los criminales, y no menos importante, con la ayuda de la justificación "moral" , "teórica" y hasta "militar" qué se ha intentado vender por parte de ex guerrilleros que levantan la absolutamente ilegal tesis de que las torturas - por ejemplo - llevaban por fin la obtención de información rápidamente, siendo una forma, se ha dicho, de posibilitar el ganar la mal llamada "guerra", cacería impune en la realidad. De es manera se ha intentado limpiar a los asesinos colocándolos como funcionarios celosos por "cumplir con su deber". Todo ese conglomerado apuntala a la SCJ hoy en día y es el mismo "amplísimo frente" que bregó por la destitución de la jueza Mota reeditando lo que fué la práctica de la mafia siciliana cuando algunos jueces se decidieron por iniciar investigaciones que de hecho además de involucrar a los pandilleros se ramificaban tocando a todos los personeros del poder, de todos los colores y en todas las instancias.


Si la mafia militar y su careta legal los llamados "centros militares" están tan convencidos de que no han hecho más que cumplir con "su deber" no se entiende el porqué no salen a explicar de que manera el robo del bebé tal y cual fué una acción en defensa de la patria, o el secuestro y desaparición de tal y cual dirigente sindical, o periodista, o parlamentario, eran acciones imprescindibles para "ganar la guerra", no se entiende porqué razón no salen con una detallada descripción de los métodos empleados en la tortura como forma de salvar a la democracia, no se comprenden las razones por las cuales no hacen conferencias y cursos sobre estas variantes del "cumplimiento del deber" No lo hacen porque saben que son crímenes de lesa humanidad, y también lo sabe la SCJ y el conjunto de la derecha y parte de la izquierda que los ha justificado. Es un cuento de que han sido combatientes. Han sido y son pandilleros, gangsters, mafiosos, ladrones de baja estofa, sicarios del asesinato para el robo, esta gentuza es la peor escoria que ha habido en Uruguay, y ahi están protegidos por los payasos de la SCJ que se creen que alguien en Uruguay e internacionalmente les cree las manganetas dizque jurídicas con las que quieren transformar en decentes a los asesinos. El drama que se está viviendo - ante la sorpresa mundial - no va a quedar en esas. Los principios aceptados internacionalmente son claros. Los que los acaban de pisotear son las marionetas de la SCJ. El amado Israel de la derecha reclama,denuncia y lleva a tribunales a criminales nazis de avanzada edad sin consideración que Israel ni siquiera existia cuando los crímenes nazis se cometieron y muchos países que han otorgado extradiciones no habían firmado ningún tipo de convención internacional al momento en que los crímenes se produjeron. Eso lo saben los de la SCJ y si hacen este tremendo desafío es porque a su vez creen ellos que van a salir impunes. Violando las decisiones, principios rectores y disposiciones asi como fallos de, por ejemplo, la Corte Interamericana de Justicia se ha colocado a Uruguay como país violador de los DDH y país en donde se ampara y cobija a asesinos similares a los nazis, por ejemplo. 




La razón estuvo de parte de la Jueza Mota tal cual es internacionalmente constatado, la razón está del lado de los familiares y las organizaciones de los DDHH, hecho aún más reconocido a nivel internacional. La SCJ violando la convención internacional contra la tortura, violando la convención internacional contra la desaparición forzada de personas, violando las claras definiciones internaciones sobre crímenes de lesa humanidad y de que nunca prescriben, y violando las declaraciones, acuerdos y convenciones sobre los Derechos Humanos, cree que va a salir airosa de este verdadero atropello. Los hechos irán demostrando que así no será. La SCJ tiene para presentar a la pandilla asesina qué de tan cobarde que es ni siquiera se anima a reconocer el robo de bebés, por ejemplo, crimen éste que según la SCJ es de caracter "común" y ya prescribió. Frente a ellos la SCJ tiene a la mayoría de la ciudadanía asqueada de los milicos asesinos, tiene a los familiares, tiene a las organizaciones de los DDHH de Uruguay y de todo el mundo, y en más irá teniendo el constante machacar de los juicios a los criminales de lesa humanidad en desarrollo en otros países por casos similares, por los mismos crímenes y en el mismo período de tiempo. Será insostenible aún para los caraduras de la SCJ. Se promueven y mueven juicios similares en muchos países, no solo latinoamericanos, europeos también, reclamos, exigencias, información sobre los crímenes, pedidos de detención, presentación de denuncias en terceros países y una variedad que a diario se ve en la prensa, sobre los crímenes de hace decenios, qué datan de mucho antes qué los acontecidos en Uruguay y muchísmo antes de que existieran muchas de las Convenciones internacionales que hoy han sido ratificadas. Ya comenzando con estos importantes juicios en Argentina, y en adelante, no habrá respiro para la SCJ uruguaya que se ha colocado como un paria internacional en materia de los DDHH.


Colectivo del Blog Noticias Uruguayas



El ejemplo argentino: "la inconstitucionalidad de las leyes de impunidad"

Al comienzo, la causa tuvo 12 casos, entre ellos la uruguaya Sara Méndez, secuestrada en Buenos Aires, arrojada en Orletti y a la que le habían robado a su hijo Simón Riquelo, que para entonces seguía sin aparecer. Había víctimas de otros países, pero el expediente no asumió la perspectiva del Plan Cóndor hasta 2003, cuando dio un “salto cualitativo”, dice Osorio, a partir de inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la reapertura de las causas.

La desaparición forzada: un delito de lesa humanidad  y "dado que el delito continúa es imposible de amnistiar o indultar".

“Se tomó un grupo de casos donde no había aparecido el cuerpo de las víctimas y la causa avanzó mediante el concepto del ‘delito permanente’: a través de esa lógica se indicó que acá se ha secuestrado a una persona; que todavía no se sabe qué sucedió con ella y por lo tanto se presume que el delito se sigue ejecutando. Como el delito continúa es imposible de amnistiar, indultar o no hacer nada. El eje era ése: el Estado tenía la obligación de hacer cesar el delito; después, si quiere amnistiar puede hacerlo o no, pero primero tiene que hacer lo primero.”

ARGENTINA: EMPIEZA EL JUICIO ORAL POR LOS CRIMENES COMETIDOS EN COORDINACION POR LAS DICTADURAS SUDAMERICANAS


El plan de la represión sin fronteras


El proceso que comienza mañana abarca a 106 víctimas del Plan Cóndor, con mayoría de uruguayos, pero también argentinos, paraguayos, chilenos, bolivianos y un peruano. Hay 25 represores acusados, entre ellos Videla, Bignone, Riveros y Menéndez.

 Los dictadores Reynaldo Benito Bignone y Jorge Rafael Videla serán juzgados como responsables locales de la coordinación represiva.

 

Por Alejandra Dandan / Página 12

Mañana empieza el juicio oral por el Plan Cóndor, la primera causa que se abrió a fines de los ’90 cuando aún estaban en vigencia las leyes de obediencia debida y punto final y que logró perforar el cerco de impunidad a los crímenes de la dictadura. Será un escenario de justicia atravesado por la presencia de víctimas de las dictaduras del Cono Sur que todavía esperan la apertura de procesos similares en sus propios países. El juicio recoge tres tramos de la causa elevada entre 2008 y 2012 por 106 víctimas del Cóndor, entre las que hay una mayoría de uruguayos, pero también paraguayos y chilenos, todos caídos en Argentina. También hay argentinos, entre ellos tres caídos en Brasil. Serán juzgados 25 represores, entre otros los responsables locales de la coordinación represiva: Jorge Rafael Videla, Reynaldo Benito Bignone, Santiago Omar Riveros, Luciano Benjamín Menéndez y Antonio Vañek. También va a ser juzgado el uruguayo Manuel Cordero, represor que actuó en el centro clandestino de Automotores Orletti. Al juicio se acopló el tramo de Orletti II, por otras 65 víctimas. Estará a cargo del Tribunal Oral Federal N°1, se prevé el paso de unos 450 testigos y una duración estimada en dos años.

“La causa se abrió con una denuncia muy bien fundada hecha por Emilio Mignone, Raúl Zaffaroni, David Baigun, Alberto Pedroncini y Martín Abregú”, recuerda el fiscal Miguel Angel Osorio, a cargo de la instrucción. “Se tomó un grupo de casos donde no había aparecido el cuerpo de las víctimas y la causa avanzó mediante el concepto del ‘delito permanente’: a través de esa lógica se indicó que acá se ha secuestrado a una persona; que todavía no se sabe qué sucedió con ella y por lo tanto se presume que el delito se sigue ejecutando. Como el delito continúa es imposible de amnistiar, indultar o no hacer nada. El eje era ése: el Estado tenía la obligación de hacer cesar el delito; después, si quiere amnistiar puede hacerlo o no, pero primero tiene que hacer lo primero.”

 

Al comienzo, la causa tuvo 12 casos, entre ellos la uruguaya Sara Méndez, secuestrada en Buenos Aires, arrojada en Orletti y a la que le habían robado a su hijo Simón Riquelo, que para entonces seguía sin aparecer. Había víctimas de otros países, pero el expediente no asumió la perspectiva del Plan Cóndor hasta 2003, cuando dio un “salto cualitativo”, dice Osorio, a partir de inconstitucionalidad de las leyes de impunidad y la reapertura de las causas. Algunas víctimas de la causa original pasaron a expedientes específicos y luego se acumularon nuevos hechos. En 2008 se elevó el primer tramo con 18 imputados y en 2012, otros dos. Además de los 106 casos que ahora llegan a juicio oral, la instrucción acumula denuncias e investigaciones por otras 240 víctimas.

Los acusados

Uno de los graves problemas que tuvo la causa fue la demora. Entre los tres tramos del expediente sobre el Plan Cóndor sumaban originalmente 32 acusados, la mayoría elevados en 2008. Entre ese momento y este comienzo varios murieron y otros están separados del juicio por razones de salud. Es el caso de Albano Harguindeguy, Cristino Nicolaides y Antonio Bussi, en el primer grupo, y Ramón Genaro Díaz Bessone y Ernesto Alais, en el segundo.

Pablo Ouviña y Mercedes Moguilansky son los fiscales que llevarán la acusación del juicio. Ellos indican que en las últimas dos semanas, además, la mayoría de los imputados está pidiendo de todo, entre otras cosas la suspensión del juicio por motivos de salud, por lo cual se vienen ordenando pericias y chequeos médicos.

Los represores que hasta ahora están en juicio son 25. De ellos, 23 están procesados por asociación ilícita y privación ilegal de la libertad, las figuras legales con las que logró abrirse la causa. No están acusados por tormentos ni por homicidios, aunque en varios casos está probado el “traslado” o asesinato de las víctimas, como el de Carlos Santucho, el contador hermano del jefe del PRT, a quien asesinaron en un tanque de agua en Orletti.

La acusación es distinta para Manuel Cordero y Miguel Angel Furci. Los dos estuvieron en Orletti y son los únicos autores directos. Cordero es uruguayo y fue extraditado desde Brasil. La Justicia argentina lo requirió en dos causas: Cóndor y Orletti, pero Brasil lo extraditó sólo por la primera, por lo tanto –aunque es uno de los represores más nombrados de Orletti–, entra a juicio solo por Cóndor. Está acusado por privación ilegal de la libertad y no por asociación ilícita, como el resto, porque Brasil dio ese cargo por prescripto. Furci está procesado por privación ilegal de la libertad y tormentos por 67 víctimas de Orletti.

El ex-dictador uruguayo Juan M. Bordaberry quién fuera juzgado y condenado por estos crímenes (fallecido)

Las víctimas

Un dato del juicio estará dado por la configuración de las víctimas. Entre los 106 detenidos desaparecidos no hubo sobrevivientes, todos los casos tienen que ver con actuación de fuerzas argentinas aquí o en el extranjero. Todos los extranjeros cayeron en Argentina. Y los hechos son posteriores al golpe del 24 de marzo del ’76, por un criterio original, aunque ahora la instrucción investiga casos de 1974.

El grupo de víctimas más importante es de Uruguay (48), luego siguen Paraguay, Chile, Bolivia y un caso de Perú. Hay tres argentinos que cayeron en Brasil durante la Contraofensiva del ‘78: Norberto Armando Habegger, Susana Pinus de Binstock y Horacio Campligia. Entre los chilenos están Edgardo Enriquez Espinosa, del comité central del MIR, secuestrado en Buenos Aires el 10 de abril de 1976. Cristina Carreño Araya, de una familia del PC chilena, perseguida por la dictadura de Augusto Pinochet. Cristina salió de Chile a Hungría, viajó a Argentina en 1978 y fue secuestrada el 26 de julio de ese año. Otro caso es el del estudiante suizo-chileno Alexis Jaccar Siegler, al que secuestraron el 16 de mayo de 1977, cuando hacía escala en Buenos Aires para seguir viaje hacia Chile. Volverá a aflorar el secuestro de María Claudia Irureta Goyena, pero esta vez en la perspectiva del Plan Cóndor y por su propio “caso”: Claudia era la nuera del poeta Juan Gelman, secuestrada en Buenos Aires, trasladada y desaparecida en Uruguay cuando estaba embarazada de Macarena Gelman.

La lógica del Cóndor

Osorio definió el Plan Cóndor cuando terminó de instruir el primer tramo de la causa: “La relación entre los organismos de inteligencia de Chile, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Brasil y la Argentina distó de situarse en una mera colaboración legal para derivar en la verdadera implementación de un dispositivo que no hacía más que reproducir, a nivel internacional, el mismo dispositivo de aniquilamiento que imperaba hacia el interior de cada una de esas jurisdicciones: tal el alcance pactado, justamente, por los países integrantes del operativo Cóndor”.

Puede pensarse que, a la luz del Plan, el debate judicial va a abordar el modo en que actuó la represión fronteras adentro de cada uno de los países, incluso Uruguay, con causas bloqueadas por la Suprema Corte de Justicia. Los fiscales no tienen jurisdicción para investigar la represión puertas adentro en cada país, pero sí la obligación de seguir el circuito de cada una de las víctimas de la causa.

“Todos los países tienen interconexiones por medio de tratados, de diplomáticos, Inteligencia, etcétera –dice el fiscal Ouviña–. Lo que hicieron durante la vigencia del Cóndor fue aprovechar lo que ya estaba y buscar otro tipo de contacto para hacer todo más rápido. Eliminaron las formalidades pero no sólo para acelerar los tiempos sino directamente para secuestrar personas, buscar información para secuestrar, llevar adelante pedidos. Hay argentinos y chilenos secuestrando y torturando juntos; argentinos y uruguayos o chilenos y paraguayos.”

El contexto eran los exilios que se dieron en todo el continente por las distintas dictaduras, dice Moguilansky. La primera dictadura fue la de Chile, que produjo enorme cantidad de exiliados en Argentina. Y Argentina es el último país donde cae la democracia, cuando todavía albergaba a buena parte de refugiados de otros países. En ese sentido, el expediente funciona a la vez como un mapa entre exilio, refugio y represión. Hay zonas del país como Mendoza en que se refugiaron chilenos, o Jujuy donde estaban quienes venían de Bolivia, o los uruguayos en Buenos Aires. En esa línea, aparecen secuestros y luego traslados a los países de origen. En el caso de los chilenos, ingresan a centros clandestinos de detención. Y con los uruguayos se abrirá el eje de los vuelos. El rol del Acnur y de la Vicaria chilena en el auxilio a los perseguidos políticos, así como el de los consulados y embajadas constituidas como ratoneras, también serán puntos del debate.

“Si los militantes perseguidos en otros países vinieron para acá y desaparecieron estando exiliados, eso es Cóndor –dice el fiscal Osorio–. Si vinieron y trabajaron con o en alguna organización de superficie, ahí ya no es Cóndor. Es decir, no importa la nacionalidad de la víctima, importa si realmente los victimarios actuaron ejecutando ese plan de coordinación represiva a nivel no sólo continental, sino a nivel mundial, si se quiere llamarlo así, porque actuaron en Europa, en Estados Unidos.”

Los documentos

Ese es otro eje del debate. Los documentos. Una de las pruebas documentales más importantes es un documento desclasificado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, en el que aparece una definición sobre el Cóndor. El documento es un cable de septiembre de 1976, de un agente especial del FBI a la embajada estadounidense en la Argentina. Allí deja expresado que el plan está destinado a la “recopilación e intercambio de información sobre ‘izquierdistas’, ‘comunistas’ o ‘marxistas’, con vistas a la eliminación de sus actividades mediante el desarrollo de operaciones conjuntas en sus respectivos territorios”. El cable sitúa en el armado del dispositivo a Chile, Argentina, Bolivia, Paraguay y Uruguay y un acuerdo de Brasil de información confidencial. Describe tres momentos: 1) intercambio de información, 2) ubicación del blanco, 3) ejecución o traslado de la víctima a cualquier otro país signatario.

Una parte del debate seguramente atravesará la discusión acerca de cómo debe leerse el documento, si puede tomarse como comienzo del Plan Cóndor cuando las evidencias muestran que las fuerzas represivas actuaron en conjunto desde antes. Los fiscales del juicio señalan antecedentes de 1975 y en la instrucción Osorio trazó un corte posterior a la muerte de Juan Perón.


Las víctimas

En la causa Plan Cóndor se juzgarán las responsabilidades sobre los crímenes cometidos contra: Campiglia Horacio Domingo, Pinus de Binstock Mónica Susana, Habegger Norberto Armando, Reyes González, Manuel Federico; Seminario Preciado, Carlos Alberto; González de la Vega, Oscar Hugo; Corinaldesi de Stamponi, Mafalda; Choque Cabrera, Fausto; Stamponi, Luis Faustino; Rutilo Artes, Graciela; Lara Torres, Jaime Rafael; Villa Isola, Efraín Fernando; Villavicencio Calderón, Jorge Hernán; Jordán Vercellone, Juan Carlos; Oviedo Morales, Walter Eduardo; Saenz Bernal, Reinaldo Lásaro; Vargas Orozco, Johnny; Suárez Balladares, Erasmo; Rojas Caballero, Máximo; Enríquez Espinosa, Edgardo; Elgueta Díaz, Luis Enrique; Tamayo Martínez, Manuel Jesús; Muñoz Velázquez, Luis Gonzalo; Hernández Zaspe, Juan Humberto; Jaccard Siegler, Alexei Vladimir; De la Maza Asquet, José Luis; Orellana Castro, Miguel Iván; Carreño Araya, Cristina Magdalena; Athanasiú Jara, Ángel; Athanasiú Laschan, Pablo Germán; Laschan Mellado, Frida Elena; Rojas Campos, Carlos Patricio; Delard Cabezas, Carmen Angélica; Delard Cabezas, Gloria Ximena; Appel de la Cruz, José Luis; Zaragoza Olivares, Luis Arnaldo; Espinoza González, Luis Alejandro; Urra Ferrarese, Oscar Julián; Ossola de Urra, Susana; Ferrada, Rafael Antonio; Oyarzun Manso, Oscar Orlando; Cram González, Washington; Trías Hernández, Cecilia Susana; Urtasún Terra, José Luis; Silveira Gramont, María Rosa; Maidana Bentín, Félix; Borelli Cattáneo, Raúl Edgardo; Cabezudo Pérez, Carlos Federico; Lezama González, Rafael Laudelino; Moreno Malugani, Miguel Ángel; Prieto González, Rubén; Alfaro Vázquez, Pedro Daniel; Severo Barreto, Ary Héctor; Epelbaum, Lila; Epelbaum, Claudio; Bentancour Garín, Walner Ademir; Rodríguez Liberto, Félix Antonio; Méndez Donadío, José Hugo; Candia Correa, Francisco Edgardo; Burgueño Pereyra, Ada Margaret; Gándara Castroman, Elba Lucía; Carretero Cardenas, Casimira María del Rosario; Recagno Ibarburu, Juan Pablo; Cabrera Prates, Ary; Mechoso Méndez, Alberto Cecilio; Tejera Llovet, Raúl Néstor; Soba Fernández, Adalberto Waldemar; Arnone Hernández, Armando Bernardo; Queiro Uzal, Washington Domingo; Machado, Modesto Humberto; Río Casas, Miguel Ángel: Lerena Costa de Corchs, Elena Paulina; Bosco Muñoz, Alfredo Fernando; D’elía Pallares, Julio César; Dossetti Techeira, Edmundo Sabino; García Ramos de Dossetti, Ileana Sara María; Duarte Lujan, León Gualberto; Rodríguez Mercader, Carlos Alfredo; Errandonea Salvia, Juan Pablo; Chizzola Cano, Eduardo Efraín; Hernández Hobbas, Beatriz Lourdes; Hernández Hobbas, Woshington Fernando; Grispón de Logares, Mónica Sofía; Logares, Claudio Ernesto; Artigas Nilo de Moyano, María Asunción; Moyano, Alfredo; Zaffaroni Castilla, Jorge Roberto; Islas Gatti de Zaffaroni, María Emilia; García Irureta Goyena, María Claudia; Rodas, Néstor; Méndez Fleitas, Epifanio; Filártiga Martínez, Juan Alberto; Benítez o Benítez Gómez, Florencio; Ledesma Medina o Medina Ledezma, Oscar Eladio; Roa Espinosa o Espinoza, Emilio; Maidana, Antonio; Tatter Morinigo, Jorge Federico; Penayo Ferreyra o Ferreira, Juan José; Vera Báez, Cátulo; Ballestrino de Careaga, Esther, Carrillo Rodríguez, Fausto Augusto; Logoluso, José Alejandro; Landi Gil, Marta Dora; Nell o Nell Granda, José o José Luis; Santana Escotto o Scotto, Nelson Rodolfo; Inzaurralde Melgar o Insaurralde Melgar, Gustavo Edison; Goiburú Jiménez o Giménez, Agustín.

Los imputados

Los imputados en la causa Plan Cóndor son: Jorge Rafael Videla, Santiago Omar Riveros, Eduardo Samuel De Lío, Carlos Humberto Caggiano Tedesco, Antonio Vañek, Carlos Tragant, Luciano Benjamín Menéndez, Bernardo José Menéndez, Jorge Carlos Olivera Róvere, Eugenio Guañabens Perelló, Carlos Miguel Landoni, Humberto José Román Lobaiza, Felipe Jorge Alespeiti, Manuel Juan Cordero Piacentini, Néstor Horacio Falcón, Federico Antonio Minicucci, Enrique Braulio Olea, Horacio De Verda, José Julio Mazzeo, Reynaldo Benito Antonio Bignone, Rodolfo Emilio Feroglio, Luis Sadi Pepa, Mario Alberto Gómez Arenas y Juan Avelino Rodríguez.





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